Despidos discriminatorios: cómo identificarlos y actuar frente a ellos
Un usuario que busca información sobre despidos discriminatorios necesita determinar si su despido vulneró derechos fundamentales y qué acciones legales puede emprender. Busca claridad sobre definiciones legales, causas comunes, pruebas necesarias para demostrar discriminación y compensaciones económicas aplicables. La preocupación central gira en torno a la protección contra el trato desigual en el trabajo basado en características personales protegidas por ley.
¿Qué es un despido discriminatorio y cómo se diferencia?
Un despido discriminatorio ocurre cuando la extinción del contrato laboral se basa en motivos prohibidos por el artículo 14 de la Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores. Se diferencia del despido disciplinario u objetivo en que:
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La causa real es una característica protegida (edad, género, etnia, etc.), no rendimiento o causas económicas.
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Carece de justificación objetiva y proporcional.
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Viola derechos fundamentales del trabajador. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional (STC 177/2015) establece que basta con indicios de discriminación para invertir la carga de la prueba.
Factores clave
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Motivación oculta: La empresa alegará causas formales (económicas, disciplinarias).
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Contexto temporal: Coincide con embarazos, bajas médicas o denuncias previas.
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Patrón comparativo: Trato diferente a trabajadores en situación similar.
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Declaraciones discriminatorias: Comentarios sobre edad, origen o salud en el proceso.
Causas comunes de los despidos discriminatorios en el trabajo
Las principales causas incluyen:
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Embarazo y maternidad/paternidad: 23% de los casos según CCOO (2024).
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Enfermedad o discapacidad: Especialmente cuando se comunica diagnóstico grave.
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Edad avanzada: Sustitución por personal más joven con menor coste.
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Origen étnico o nacionalidad: En sectores con alta diversidad cultural.
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Orientación sexual o identidad de género: En entornos laborales no inclusivos.
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Afiliación sindical: Tras participar en huelgas o actividades representativas.
Despido por enfermedad: ¿es un despido discriminatorio?
El despido discriminatorio por enfermedad es nulo cuando:
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Existe certificado médico de aptitud para el puesto.
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No se ha agotado el período de prueba legal.
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Coincide con diagnóstico de enfermedad crónica. La Sentencia del Tribunal Supremo 102/2019 confirmó la nulidad de despidos durante tratamientos oncológicos, considerándolos vulneración del derecho a la integridad física.
Consecuencias legales
La declaración de despido nulo genera:
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Readmisión inmediata con todos los derechos.
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Salarios de tramitación: Pago retroactivo desde el despido hasta sentencia firme.
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Daños morales: Compensación adicional por sufrimiento psicológico.
La empresa enfrenta sanciones administrativas de hasta €187,515 según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Indemnización y derechos
Concepto | Cuantía | Base Legal |
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Salarios caídos | 100% desde despido hasta sentencia | Art. 280 ET |
Daños morales | 6-24 meses de salario | Jurisprudencia |
Cotizaciones | Regularización Seguridad Social | Art. 138 LGSS |
Sanciones | Hasta €187,515 | Ley 8/1988 |
¿Cómo demostrar que un despido fue discriminatorio?
La prueba requiere documentación que evidencie:
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Cronología: Emails, mensajes o grabaciones con comentarios discriminatorios.
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Comparativa: Nóminas o evaluaciones de compañeros no discriminados.
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Patrones: Historial de despidos en la empresa con similares características.
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Contradicciones: Discrepancias entre carta de despido y comunicaciones internas.
El artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Social invierte la carga probatoria: la empresa debe demostrar ausencia de discriminación.
Pruebas necesarias para reclamar un despido nulo por discriminación
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Documentales: Contratos, evaluaciones, nóminas comparativas.
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Testificales: Declaraciones de compañeros que presenciaron conductas discriminatorias.
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Periciales: Informes psicológicos sobre daño moral.
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Tecnológicas: Capturas de pantalla, emails corporativos, grabaciones (si no violan intimidad).
La Sentencia TJUE C-415/10 admite pruebas estadísticas en casos de discriminación sistémica.
¿Qué hacer si sufres este tipo de despido?
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Recopilar pruebas inmediatamente: Documentos, comunicaciones, testigos.
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Reclamación previa: Escrito a empresa solicitando readmisión en 20 días.
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Demanda judicial: Presentar ante Juzgado de lo Social dentro de plazo perentorio.
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Medidas cautelares: Solicitar readmisión provisional durante proceso.
GlobalMCO ofrece asesoramiento integral para estructurar estas reclamaciones complejas.
Pasos legales para impugnar
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Día 1-5: Recopilar documentación y testigos clave.
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Día 6-15: Enviar burofax de reclamación previa.
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Día 16-35: Presentar demanda con abogado laboralista.
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Día 36+: Preparar juicio con estrategia probatoria.
El plazo máximo es de 20 días hábiles desde el despido para demandar.
La reincorporación laboral tras un despido discriminatorio
La readmisión laboral en despido nulo garantiza:
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Mismo puesto o equivalente con condiciones idénticas.
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Reconocimiento de antigüedad ininterrumpida.
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Pago de salarios caídos con intereses del 10%. La empresa no puede crear un entorno hostil ni modificar funciones sustanciales.
Derechos del trabajador a la readmisión tras un despido nulo
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Estabilidad reforzada: No puede ser despedido nuevamente por 1 año sin causa objetiva probada.
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Reparación moral: Compensación por daños psicológicos.
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Protección frente a represalias: Cualquier sanción posterior puede anularse por indicio de persecución.
La Sentencia del Tribunal Supremo 432/2022 condenó a empresas que asignaban tareas humillantes tras reincorporaciones forzosas.
Hemos analizado las claves para combatir los despidos discriminatorios. En GlobalMCO, comprendemos el impacto emocional y profesional de estas situaciones. Si enfrenta un posible trato discriminatorio en el trabajo, nuestros abogados especialistas en despidos en Madrid ofrecen defensa jurídica estratégica. Le invitamos a proteger sus derechos con una consulta personalizada.
Preguntas Frecuentes
¿Prescribe la acción por despido discriminatorio?
La acción para impugnar un despido nulo prescribe a los 20 días hábiles desde la notificación. Para reclamar daños morales, el plazo es de 1 año desde el conocimiento de la discriminación, según Ley 62/2003.
¿Cubren los seguros de responsabilidad civil estas indemnizaciones?
Las pólizas RC empresarial suelen cubrir:
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Indemnizaciones por despido nulo.
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Costas judiciales.
Excluyen sanciones administrativas y daños morales por discriminación intencional.
¿Puedo negarme a la readmisión y exigir solo indemnización?
Sí, el trabajador puede optar por:
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Indemnización sustitutoria de 45 días/salario por año trabajado.
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Límite máximo de 42 mensualidades.
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Compensación adicional por daños morales.
¿Qué ocurre si la empresa desaparece durante el proceso?
En casos de disolución fraudulenta:
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Se extiende responsabilidad a administradores.
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Embargo de bienes personales.
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Acción penal por delito societario. La Ley Concursal protege créditos laborales como preferentes.