Despido estando de baja: ¿Es legal? ¿Qué debo hacer?

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La situación de un despido estando de baja genera una enorme incertidumbre y preocupación. En Global MCO, somos conscientes de que enfrentar un problema laboral mientras te recuperas de una enfermedad o accidente es una de las experiencias más difíciles. ¿Es esto legal en España? La respuesta no es un simple sí o no, sino que está llena de matices que es vital comprender. La legislación protege al trabajador, pero existen excepciones que las empresas pueden alegar. Aquí desvelaremos la verdad y te guiaremos sobre cómo actuar para defender tus derechos con la confianza y experiencia de un despacho de abogados líder en Madrid.

¿Te pueden despedir estando de baja laboral?

Sí, te pueden despedir estando de baja laboral, pero es crucial entender que la baja médica, por sí misma, no puede ser la causa del despido. Desde el 19 de febrero de 2020, la legislación laboral española, con la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, eliminó la posibilidad de un despido objetivo por faltas de asistencia justificadas, incluidas las derivadas de una incapacidad temporal (IT). Esta reforma busca proteger al trabajador y evitar la discriminación por motivos de salud.

No obstante, la empresa puede despedir a un trabajador en situación de incapacidad temporal si existen otros motivos legales válidos y justificados que no estén relacionados directamente con su estado de salud. La clave reside siempre en la causa real del despido. Es decir, que el hecho de que te encuentres de baja no te confiere una «inmunidad absoluta» frente a la extinción del contrato, pero sí establece un marco de protección muy importante.

La protección legal del trabajador en incapacidad temporal

La incapacidad temporal, también conocida como baja laboral, es una situación protegida por nuestro ordenamiento jurídico. Cuando un trabajador se encuentra de baja, su contrato de trabajo se suspende, pero no se extingue, manteniendo todos sus derechos laborales y de seguridad social.

La Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, ha reforzado significativamente esta protección, equiparando la enfermedad a otras causas de discriminación. Esto significa que un despido en situación de IT que tenga como móvil la enfermedad o condición de salud del trabajador, sin una justificación objetiva y razonable, puede ser declarado despido nulo. Un despido nulo implica la readmisión inmediata del trabajador a su puesto, con el abono de los salarios de tramitación dejados de percibir. ¡Esto es fundamental para tu tranquilidad y estabilidad!

Motivos válidos para un despido en situación de IT

Aunque estar de baja no puede ser la causa directa de un despido, existen circunstancias en las que una empresa puede legalmente rescindir el contrato de un trabajador en situación de incapacidad temporal. Estos motivos deben ser siempre ajenos a la baja médica y debidamente acreditados por la empresa.

Causas objetivas y disciplinarias durante la baja

Los despidos en esta situación se clasifican generalmente en dos tipos principales:

  1. Despido por causas objetivas: Se refieren a razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) que afectan a la empresa en su conjunto y justifican una reestructuración de la plantilla. Ejemplos incluyen:
    • Razones económicas: Pérdidas continuadas, disminución persistente de ingresos o una situación económica negativa que obligue a reducir personal.
    • Razones técnicas: Cambios en los métodos de producción o la introducción de nuevas tecnologías que hagan que ciertos puestos de trabajo se vuelvan redundantes.
    • Razones organizativas o productivas: Reestructuraciones internas, cambios en la demanda o en los procesos de trabajo que impliquen la necesidad de adaptar la plantilla.
    • Ineptitud sobrevenida: Si el trabajador desarrolla una condición (no directamente relacionada con su baja actual si esta es discriminatoria) que le impide de forma permanente realizar sus funciones de manera adecuada, y la empresa no puede reubicarlo.
    • Cierre de la empresa: El cese definitivo de la actividad de la empresa es una causa objetiva que afecta a todos los empleados, independientemente de su situación de baja.

    En estos casos, la empresa debe cumplir con los requisitos formales (preaviso, indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades) y demostrar la veracidad de las causas alegadas.

  2. Despido disciplinario: Ocurre cuando el trabajador comete una falta grave y culpable contemplada en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo aplicable. El hecho de estar de baja no exime al trabajador de la responsabilidad por sus acciones. Algunas causas pueden ser:
    • Falsificación de la baja médica: Si se demuestra que el trabajador ha manipulado o mentido sobre su situación médica.
    • Actividades incompatibles con la baja: Realizar actividades que obstaculizan o retrasan la recuperación, o que demuestran que la enfermedad o lesión no es tan limitante como se alegaba.
    • Incumplimiento grave de normas internas: Desobediencia, faltas de respeto o agresiones, fraude, abuso de confianza o cualquier otra conducta que vulnere la buena fe contractual.
    • Faltas de asistencia injustificadas: Aunque las bajas médicas justificadas no pueden ser causa de despido, las ausencias injustificadas, previas o no a la baja, sí pueden serlo.

    Un despido disciplinario no conlleva indemnización y la empresa debe comunicar los hechos imputados de forma clara y precisa en la carta de despido. Es esencial contar con asesoramiento legal para determinar si los motivos alegados son realmente válidos y si el proceso se ha realizado correctamente.

Bajas reiteradas o de larga duración: ¿Riesgo de despido?

La situación de bajas reiteradas o una baja de larga duración son fuentes de gran preocupación para los trabajadores. Desde la reforma de 2020, ya no es posible despedir a un trabajador por el hecho de tener bajas médicas reiteradas y justificadas. La incapacidad temporal, siempre que esté debidamente justificada por un parte médico, es una ausencia legítima y no constituye una causa válida de despido.

Sin embargo, la preocupación surge cuando la empresa intenta camuflar la verdadera causa del despido, alegando motivos objetivos o disciplinarios que en realidad ocultan una discriminación por la situación de enfermedad o por la duración de la baja. La Ley 15/2022 es clave en este punto, ya que fortalece la protección contra la discriminación por enfermedad, incluso si la baja es prolongada. Un despido que se base en la duración o frecuencia de las bajas justificadas podría ser declarado nulo.

Si te encuentras en una situación de despido después de una baja de larga duración, es vital que consultes con expertos. En Global MCO, comprendemos la complejidad de estos casos y la importancia de defender tus derechos laborales para garantizar el mejor resultado.

¿Qué hacer si te despiden estando de baja?

Si recibes una notificación de despido mientras te encuentras de baja, ¡no entres en pánico! Actuar con rapidez y de forma estratégica es crucial. Recuerda, solo tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo legalmente. Es un plazo muy corto y decisivo.

Aquí te indicamos los pasos fundamentales que debes seguir:

  1. No firmes nada que no entiendas o con lo que no estés de acuerdo: Si te entregan la carta de despido y no estás seguro, puedes firmarla como «no conforme» o simplemente negarte a firmar. Pide una copia.
  2. Recopila toda la documentación: Es imprescindible reunir todos los documentos relacionados con tu situación laboral y la baja: contratos de trabajo, nóminas, partes de baja y confirmación, informes médicos, la carta de despido, comunicaciones con la empresa, etc.
  3. Contacta de inmediato con un abogado especialista en derecho laboral: Esta es la acción más importante. Un experto analizará tu caso, determinará si el despido es procedente, improcedente o nulo, y te asesorará sobre la mejor estrategia a seguir. En Global MCO, somos abogados especialistas en despidos en Madrid y podemos ofrecerte ese asesoramiento experto, eficaz y cercano que necesitas.
  4. Impugna el despido: Tu abogado iniciará el proceso de impugnación, que generalmente comienza con una reclamación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si no se llega a un acuerdo en esta instancia, se presentará una demanda ante los Juzgados de lo Social.

No permitas que tus preocupaciones legales te quiten el sueño. En Global MCO, estamos aquí para servirte. Nuestro equipo tiene años de experiencia y un profundo conocimiento de la legislación laboral para ofrecerte estrategias efectivas y modernas. Ponte en contacto con Global MCO hoy mismo. ¡Contáctanos ahora!

Preguntas Frecuentes

¿Un despido estando de baja es siempre nulo?

No, un despido estando de baja no es siempre nulo de forma automática. Aunque la Ley 15/2022 ha ampliado la protección contra la discriminación por enfermedad, el despido solo será nulo si se demuestra que la verdadera causa del cese es la enfermedad o condición de salud del trabajador, o si la baja puede asimilarse a una discapacidad. Si la empresa puede acreditar causas objetivas o disciplinarias legítimas y ajenas a la baja, el despido podría ser procedente o improcedente.

¿Qué indemnización me corresponde si me despiden estando de baja?

La indemnización depende de la calificación del despido. Si es improcedente, te corresponderá una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (para contratos posteriores a febrero de 2012) o 45 días (para contratos anteriores). Si es nulo, la empresa debe readmitirte y abonarte los salarios de tramitación, sin indemnización por despido, aunque sí podrías reclamar una indemnización por daños y perjuicios por la discriminación sufrida. Si es procedente por causas objetivas, la indemnización es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

¿Me pueden despedir en periodo de prueba si estoy de baja?

Durante el periodo de prueba, la empresa puede rescindir el contrato sin necesidad de justificar la causa y sin indemnización, incluso si estás de baja. Sin embargo, si puedes demostrar que el motivo real del despido durante el periodo de prueba fue un despido discriminatorio debido a tu incapacidad temporal o condición de salud, podrías impugnarlo y solicitar la nulidad del despido.

¿Si me despiden estando de baja, quién me paga la prestación por IT?

Si te despiden mientras estás de baja, tu situación de incapacidad temporal no se interrumpe. Seguirás percibiendo la prestación económica por IT, que correrá a cargo de la mutua o la Seguridad Social, dependiendo del tipo de baja (común o profesional). La empresa dejará de pagar la parte que le correspondía una vez efectivo el despido, pero la prestación continuará hasta el alta médica o hasta que se declare una incapacidad permanente.

¿Qué pasa si mi contrato temporal finaliza estando de baja?

Si tu contrato temporal llega a su fin mientras te encuentras en situación de baja, la extinción del contrato es legal, ya que se debe a la finalización de la duración pactada, no a la baja en sí misma. No obstante, si la empresa finaliza el contrato de manera anticipada sin justificación o si se demuestra que la no renovación se debe a tu estado de salud, podría considerarse un despido improcedente o nulo.